Visita de inspección al Centro Socioeducativo de Régimen Cerrado “Costa del Paraná”

El miércoles 15 de abril por la mañana integrantes del Comité Provincial para la Prevención de la Tortura (CPPTER) visitaron esta residencia que aloja a jóvenes de entre 16 y 18 años en el marco del régimen penal juvenil.

La inspección se inició con una reunión con las autoridades de la dependencia, con quienes se dialogó sobre aspectos organizativos de la residencia y los equipos de trabajo, condiciones y situación general, problemáticas y abordajes, proyecto institucional, entre otros temas. Luego se recorrieron las instalaciones, a partir de lo cual se recabaron las condiciones de infraestructura, estado edilicio, instalaciones y equipamiento en cada uno de los ambientes.

La delegación del CPPTER estuvo integrada por Sofía Stamatti (comisionada) y José Morales (Sec. Ejecutivo).

Cabe apuntar que esta residencia fue visitada anteriormente por el Comité en agosto de 2024. Entre Ríos dispone de dos Centros Socioeducativos de Régimen Cerrado (CSRC): Costa del Paraná (Paraná) y Costa del Uruguay (Concordia). Ambos dependen de la Subdirección de Programas y Dispositivos Penales, perteneciente de la Dirección de Protección Integral de las Adolescencias del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (CoPNAF).

Los Centros Socioeducativos se inscriben en el régimen penal juvenil de la provincia, normado por la ley Nº 10.450, que dispone que los jóvenes de entre 14 y 18 años pueden ser sujetos de proceso penal por delitos dolosos que se perpetraren contra la vida, contra la integridad sexual, lesiones graves y gravísimas, y/o cometidos con armas.

Las medidas de coerción procesal que son aplicables a adolescentes punibles (mayores de 16 y menores de 18 años de edad) tienen carácter excepcional y se aplican en casos de que haya fundada presunción de que el adolescente puede intentar eludir la acción de la justicia o entorpecer las investigaciones. Los Centros Socioeducativos del Copnaf alojan a adolescentes varones con medidas privativas de libertad ambulatoria, las cuales no pueden en ningún caso exceder los 90 días. Cuentan con equipos integrados por administrativo/a, trabajador/a social, psicólogo/a y operadores convivenciales.